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Las víctimas del conflicto armado que no hayan podido presentar su declaración dentro de los plazos establecidos tienen una oportunidad excepcional hasta el próximo 22 de agosto de 2026, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 2421 de 2024.
La medida permite declarar hechos victimizantes ocurridos antes del 22 de agosto de 2023, con el propósito de facilitar el acceso al proceso de inscripción en el Registro Único de Víctimas.
La declaración puede realizarse de manera presencial y gratuita, sin intermediarios, ante las personerías municipales, la Defensoría del Pueblo, las procuradurías y los consulados.
La Unidad para las Víctimas hizo un llamado a quienes aún no han realizado este trámite para que no dejen pasar la fecha límite. Después del 22 de agosto, continuará vigente el procedimiento ordinario, que establece un plazo de tres años para presentar la declaración después de ocurrido el hecho victimizante.
En caso de que ese término haya vencido, la persona deberá explicar las razones que le impidieron realizar la declaración de manera oportuna.







