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La justicia habló: ordenan reabrir una terraza para que dos adultos mayores reciban sus medicamentos

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Una decisión de la Corte Constitucional devolvió la tranquilidad a una pareja de adultos mayores en Santander. El alto tribunal ordenó reabrir una terraza que había sido cerrada por decisión de la administración de un conjunto residencial, al considerar que esa medida estaba afectando sus derechos fundamentales.

La terraza no era un espacio cualquiera. Debido a sus delicadas condiciones de salud y a las limitaciones de movilidad, los adultos mayores recibían sus medicamentos y otros elementos esenciales mediante un canasto que descendían desde ese lugar, evitando desplazamientos que representaban un riesgo para su bienestar.

Sin embargo, el cierre del acceso les impidió continuar utilizando este mecanismo, situación que motivó la presentación de una acción de tutela. Tras estudiar el caso, la Corte concluyó que la medida desconocía derechos como la salud, la vida digna y la protección especial que merece la población de la tercera edad.

En su fallo, el alto tribunal ordenó permitir nuevamente el uso de la terraza para que la pareja pueda seguir recibiendo sus medicamentos y otros suministros de manera segura, priorizando sus condiciones de salud sobre las restricciones impuestas por la copropiedad.

La decisión ha generado un amplio debate sobre el equilibrio entre el cumplimiento de los reglamentos de propiedad horizontal y la necesidad de garantizar los derechos de las personas en condición de vulnerabilidad.

¿Cree que en estos casos deben prevalecer los reglamentos de los conjuntos residenciales o el bienestar y la salud de los adultos mayores?

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